"Lo que está ocurriendo es un enorme retroceso para los derechos de los inmigrantes y el Estado de Derecho", declaró a Lusa el presidente de la mayor asociación de inmigrantes del país.
Entre otros puntos, Timóteo Macedo criticó el establecimiento de un plazo general de dos años para las solicitudes de reagrupación familiar, acompañado de "un sistema de excepciones una tras otra".
"Este proceso de solicitud de reagrupación familiar es un derecho inviolable e innegociable", subrayó el presidente de Solidaridad con los Inmigrantes, señalando que ya se está dificultando en la actualidad.
El Presidente Marcelo Rebelo de Sousa justificó la promulgación de la Ley de Extranjería revisada, aprobada por el 70% de los diputados, afirmando que la ley "atiende al menos los aspectos esenciales de las dudas de inconstitucionalidad planteadas por ella y confirmadas por el Tribunal Constitucional".
El decreto de la Asamblea Legislativa modifica el marco jurídico para la entrada, permanencia, salida y expulsión de extranjeros del territorio nacional.
El nuevo régimen limita los visados de búsqueda de trabajo a los "trabajadores cualificados", restringe la posibilidad de reagrupación familiar de los inmigrantes a los extranjeros con permiso de residencia en Portugal -sin incluir a los refugiados- y altera las condiciones de concesión de permisos de residencia a los ciudadanos de la Comunidad de Países de Lengua Portuguesa (CPLP).
Entre los cambios introducidos en el nuevo decreto en relación con la reagrupación familiar, se mantiene el principio de que este derecho sólo puede ser ejercido por ciudadanos extranjeros que hayan sido titulares de un permiso de residencia válido en Portugal "durante al menos dos años". Este periodo no se aplica a los "menores o personas dependientes" ni a los "cónyuges o personas asimiladas, con el titular de un permiso de residencia, que sean padres o padres adoptivos de menores o personas dependientes".
Para poder solicitar la reagrupación con un "cónyuge o equivalente que haya convivido con el titular durante al menos 18 meses en el periodo inmediatamente anterior a la entrada de éste en territorio nacional", se establece un periodo de "15 meses" de residencia legal en Portugal.
El requisito de los dos años se mantiene como condición para solicitar la reagrupación con el cónyuge o equivalente que no cumpla estos requisitos, así como con otros familiares, hijos mayores de edad y ascendientes no incapacitados.
Más información aquí: